¿Qué es ITV? Normativa y tipos

que es itv

La Inspección Técnica de Vehículos tiene como objetivo asegurar que los vehículos en circulación mantengan unas condiciones de seguridad por encima de los mínimos exigidos, minimizar el riesgo de accidentes por causas técnicas y contribuir a proteger el medio ambiente a través de la reducción de las emisiones de los gases de escape. Para ello, la ley establece una periodicidad mínima con la que los vehículos deben pasarla así como situaciones extraordinarias que obligan a acudir a la revisión.
 

PLAZOS ITV: CUANDO PASAR LA ITV SEGÚN EL TIPO DE VEHÍCULO

Con carácter general, los turismos particulares realizarán su primera inspección al cumplir el cuarto año de su primera matriculación.

Las frecuencias de inspección a las que se han de someter los vehículos, se establecen en el Real Decreto 920/2017.

Te mostramos a continuación los tipos de vehículos más usuales. No obstante, para obtener información más detallada consulta en nuestra estación más cercana. Ten en cuenta que la antigüedad se debe calcular a partir de la fecha de primera matriculación, que viene impresa en el Permiso de Circulación de tu vehículo.

 

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Ciclomotores de dos ruedas:

  • Hasta 3 años de antigüedad » Exento
  • Más de 3 años de antigüedad » Cada 2 años

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Motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros:

  • Hasta 4 años de antigüedad » Exento
  • Más de 4 años de antigüedad » Cada 2 años
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Turismos particulares

  • Hasta 4 años de antigüedad » Exento
  • De 4 a 10 años de antigüedad » Cada 2 años
  • Más de 10 años de antigüedad » Cada año
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Vehículos ligeros (Furgonetas, furgones y camiones hasta 3.500 Kg. de MMA)

  • Hasta 2 años de antigüedad » Exento
  • De 2 a 6 años de antigüedad » Cada 2 años
  • De 6 a 10 años de antigüedad » Cada año
  • Más de 10 años de antigüedad » Cada 6 meses
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Vehículos pesados (Camiones y remolques de más de 3.500 Kg. de MMA)

  • Hasta 10 años de antigüedad » Cada año
  • Más de 10 años de antigüedad » Cada 6 meses

NORMATIVA ITV

La finalidad fundamental de la ITV (Inspección Técnica de Vehículos) es la de comprobar que tanto el estado general de tu vehículo, como los elementos de seguridad, se encuentran en unas condiciones que te permitan seguir circulando sin que represente un peligro para sus ocupantes, el resto de usuarios de la vía pública o el medio ambiente.

La obligatoriedad y las frecuencias de inspección, se establecen en el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos. Puedes consultar un resumen de estas frecuencias en el apartado "Periodicidad de la ITV"

Los elementos de los vehículos que deben inspeccionarse, así como el criterio que se aplica para determinar su gravedad, están reglamentariamente establecidos por el “Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones de ITV”, que es emitido por el Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Desconfía de rumores que indiquen que una u otra estación es más fácil, puesto que los criterios de inspección son comunes y las estaciones de ITV son controladas para comprobar que aplican adecuadamente los criterios de inspección de vehiculos.
 

Legislación básica sobre ITV, circulación y seguridad vial

  • Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV Ministerio de Ciencia y Tecnología.
  • Real Decreto 866/2010 Real Decreto, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos.
  • Real Decreto 2822/1998 Real Decreto, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
  • Real Decreto 750/2010 Real Decreto, por el que se dictan normas sobre homologación de vehículos de motor y sus remolquesmáquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos.
  • Real Decreto 920/2017 Real Decreto, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, y se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por real decreto 711/2006.
     

TIPOS DE INSPECCIÓN ITV

La ITV (Inspección Técnica de Vehículos) está destinada a asegurar que los vehículos que se encuentran en circulación cumplen una serie de condiciones técnicas mínimas que permitan garantizar la seguridad de las personas, reducir al máximo el riesgo de accidentes por causas técnicas y proteger el medio ambiente a través de la reducción de los gases de escape. 

Existen dos tipos de inspecciones:

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Periodicas

Periódicas

A las que deben someterse todo tipo de vehículos con una periodicidad establecida por Real Decreto que varía en función de su clase, antigüedad y el uso al que se destinan.

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No periodicas

No periódicas

Que únicamente deben ser realizadas cuando se dan ciertas circunstancias, como es el caso de pre matriculaciones, legalización de reformas hechas en vehículos, inspecciones para la emisión de duplicados de tarjetas de ITV, etc.

Según Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre. Las inspecciones técnicas de vehículos periódicas deben realizarse con una periodicidad que depende de su clase, antigüedad y el uso al que se destinan.

DOCUMENTACIÓN ITV 

Desde las ITV SGS queremos facilitarte esto al máximo y veas lo sencillo que es. Para tu tranquilidad a continuación te mostramos la documentación necesaria para pasar la ITV.

A la hora de pasar la ITV de tu vehículo siempre puede surgir la duda de qué es lo que hay que llevar a la estación.

Si la inspección es  periódica:

  • Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (Tarjeta de ITV)
  • Permiso de Circulación

Documentación necesaria

Es recomendable disponer del recibo del seguro del vehículo en vigor, puede ser solicitado para la certificación de la inspección periódica. En el caso de que la inspección sea no periódica (por ejemplo la legalización de una reforma o duplicado de la Tarjeta de ITV) te rogamos que te pongas en contacto con nuestra estación más cercana para obtener información más detallada. Estaremos encantados de ofrecerte la información que necesites y poder solventar todas tus dudas.